Nos personamos como acusación particular en temas de agresiones sexuales a niños y adultos y en temas de acoso sexual. Nuestra intervención puede iniciarse antes o después de la interposición de la denuncia y seguir durante todo el procedimiento penal. También trabajamos en la jurisdicción de menores. Ofrecemos acompañamiento jurídico y en relación a los recursos durante todo el proceso.
Si has sufrido o una agresión sexual o violación, tanto si eres menor como adulta y te estás planteando denunciar o ya lo has hecho, contacta con nosotras para informarte de forma completa.
Estudiaremos de forma personalizada tu caso y te asesoraremos sobre qué pasos seguir, siempre respetando tu decisión.
En estos casos es especialmente relevante recoger prueba inculpatoria suficiente. Te recomendamos siempre personarte como acusación particular.
Te acompañaremos durante todo el proceso y te informaremos de todo lo que vaya sucediendo.
Nuestro objetivo es no sólo conseguir una sentencia condenatoria, sino que no te sientas sola en el procedimiento judicial.
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La agresión sexual es todo atentado contra la libertad sexual de una persona. El bien jurídico a proteger es el de la libertad sexual. La reciente Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, conocida como la ley de “solo sí es sí”, ha transformado radicalmente los tipos penales, que distinguían entre abuso sexual y agresión sexual, considerando a partir de ahora que cualquier atentado a la libertad sexual de una persona siempre consiste en un delito de agresión sexual. El concepto clave es el consentimiento.
En este sentido, el art. 178 del Código Penal establece que es agresión sexual cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento. Solo se entenderá que existe consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que expresen de forma clara la voluntad de la persona. Existe un tipo agravado en caso de violación, en el que la pena puede llegar hasta los 12 años.
Existen otros tipos agravados, como si los hechos se cometen por la actuación conjunta de dos o más personas, cuando la agresión vaya acompañada de una violencia de extrema gravedad o de actos que revisten un carácter particularmente degradante o vejatorio, cuando la víctima tenga una situación de especial vulnerabilidad, cuando la víctima sea o haya sido pareja del agresor, entre otros.
Un tipo agravado recoge expresamente la denominada sumisión química, es decir, la agresión sexual o violación mediante el uso de sustancias o psicofármacos que anulan la voluntad de la víctima.
Asimismo, el Código Penal tipifica las agresiones sexuales a menores de 16 años, considerando delito todo acto de carácter sexual con menor de 16 años. A continuación se tipifican también supuestos agravados. En caso de que el o la menor de 16 años haya consentido en la relación sexual siendo el autor una persona próxima por edad y grado de desarrollo o madurez física o psicológica, se excluirá la responsabilidad penal.
Si los hechos que quieres denunciar o que has denunciado ocurrieron antes del 7 de octubre de 2022, en principio se aplicará el Código penal anterior, que distinguía entre el abuso sexual y la agresión sexual. Era agresión sexual cuando existía violencia o intimidación. En caso de que la víctima fuera menor de 16 años también se hablaba de abuso sexual.
El procedimiento penal tiene una primera fase de instrucción o investigación, donde se debe aportar el máximo de pruebas de las que se disponga, y otra de juicio oral, donde se realiza el juicio que da lugar a la sentencia condenatoria o absolutoria. Según el tipo penal, el juicio tendrá lugar en el Juzgado de lo Penal o en la Audiencia provincial. Una prueba muy relevante en estos delitos es el parto médico y el informe forense respecto a la agresión. Es importante que vayas lo antes posible a un centro médico, especialmente en el Hospital Clínic de Barcelona si vives en la ciudad, sin haberte duchado ni cambiado de ropa. Si eres menor de 16 años, te recomdeamos que vayas al Hospital de la Vall d'Hebron y te dirijas al Equipo EMMA-Unidad de Atención a les Violencias hacia la Infancia y la Adolescencia (667 300 655 / equipemma@vhebron.net).
También son pruebas válidas los mensajes de Instagram, WhatsApp, los mensajes de texto, las grabaciones de llamadas, los correos electrónicos, etc. Te recomendamos que los guardes bien en el teléfono móvil y también que los descargues en algún ordenador como copia de seguridad.